Establece las reglas generales para los procedimientos administrativos en materia de comercio exterior ante la Secretaria de Economia.
Los procedimientos administrativos previstos en esta Ley se sustanciaran conforme a las disposiciones de la propia Ley y, supletoriamente, conforme a la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.
I. Los procedimientos se regiran por los principios de legalidad, eficacia, economia procesal, publicidad, buena fe e igualdad de las partes.
II. Las partes interesadas tendran acceso al expediente administrativo y podran obtener copias de las constancias que obren en el mismo, salvo la informacion clasificada como confidencial.
I. Tendran el caracter de partes interesadas en los procedimientos previstos en esta Ley: los productores nacionales, importadores, exportadores, gobiernos de los paises exportadores y cualquier persona que acredite un interes juridico en el procedimiento.
I. Las partes podran actuar por si o a traves de representante legal debidamente acreditado conforme a la legislacion aplicable.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Los procedimientos administrativos en materia de comercio exterior tienen reglas especificas que deben cumplirse estrictamente. El acceso al expediente y la igualdad de las partes son principios que la Secretaria debe respetar. En SDV representamos a nuestros clientes en todos los procedimientos ante la Secretaria de Economia, asegurando el respeto a sus garantias procesales.
Art. 81. Informacion confidencial en procedimientos
Regula el tratamiento de la informacion confidencial en los procedimientos de comercio exterior y las obligaciones de las partes en materia de confidencialidad.
Art. 82. Plazos en los procedimientos de comercio exterior
Establece los plazos procesales aplicables a los procedimientos administrativos en materia de comercio exterior, incluyendo computo, prorrogas y preclusiones.
Art. 89. Mecanismos internacionales de solucion de controversias
Establece la posibilidad de acudir a los mecanismos de solucion de controversias previstos en los tratados internacionales de los que Mexico sea parte.
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Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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