LCE

Artículo 79. Excepcion para importaciones de paises en desarrollo

Establece que no se aplicaran medidas de salvaguarda a importaciones provenientes de un pais en desarrollo cuando su participacion sea inferior al 3% del total de importaciones.

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Texto Legal

Articulo 79 - Excepcion para Paises en Desarrollo

No se aplicaran medidas de salvaguarda contra un producto originario de un pais en desarrollo miembro de la OMC, cuando la parte que le corresponda de las importaciones totales del producto considerado en Mexico sea inferior al 3%.

Regla de minimis colectiva

Tampoco se aplicaran medidas de salvaguarda cuando los paises en desarrollo con una participacion individual inferior al 3% representen en conjunto menos del 9% de las importaciones totales del producto en cuestion.

Fundamento

Esta excepcion se basa en el principio de trato especial y diferenciado de la OMC a favor de los paises en desarrollo, reconociendo su menor capacidad para absorber el impacto de las medidas de proteccion comercial.

Determinacion del estatus

El estatus de pais en desarrollo se determina conforme a la clasificacion de la OMC y los criterios establecidos en los acuerdos comerciales de los que Mexico sea parte.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Esta excepcion es relevante en investigaciones de salvaguarda porque puede excluir a ciertos paises de la medida. Sin embargo, la clasificacion de pais en desarrollo ha sido objeto de controversia en la OMC. En SDV analizamos la composicion de las importaciones por pais de origen para determinar si la excepcion del 3% aplica y como afecta la estrategia de los solicitantes.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 79 del LCE?

Establece que no se aplicaran medidas de salvaguarda a importaciones provenientes de un pais en desarrollo cuando su participacion sea inferior al 3% del total de importaciones.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 79 de la Ley de Comercio Exterior?

Esta excepcion es relevante en investigaciones de salvaguarda porque puede excluir a ciertos paises de la medida. Sin embargo, la clasificacion de pais en desarrollo ha sido objeto de controversia en la OMC. En SDV analizamos la composicion de las importaciones por pais de origen para determinar si la excepcion del 3% aplica y como afecta la estrategia de los solicitantes.

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