Establece el mecanismo de actualizacion de las cantidades y montos contenidos en la Ley del ISAN, incluyendo los limites de la tarifa y el monto exento. La actualizacion se realiza cuando el incremento porcentual acumulado del INPC exceda del 10% desde la ultima actualizacion.
Las cantidades establecidas en esta Ley se actualizaran en los terminos siguientes:
Las cantidades contenidas en los articulos 2 (tarifa) y 4 (monto exento) de esta Ley se actualizaran cuando el incremento porcentual acumulado del Indice Nacional de Precios al Consumidor (INPC) desde el mes en que se actualizaron por ultima vez, exceda del 10%.
El factor de actualizacion se obtiene dividiendo:
- Numerador: INPC del mes inmediato anterior al mas reciente del periodo.
- Denominador: INPC del mes correspondiente a la ultima actualizacion.
La formula es:
Factor de actualizacion = INPC reciente / INPC base
Las cantidades actualizadas se obtienen multiplicando las cantidades vigentes por el factor de actualizacion obtenido. El resultado se ajustara a centavos, aplicando las reglas de redondeo correspondientes.
La Secretaria de Hacienda y Credito Publico publicara en el Diario Oficial de la Federacion las cantidades actualizadas, especificando:
- Las nuevas cantidades vigentes para la tarifa del articulo 2.
- El nuevo monto exento del articulo 4.
- El factor de actualizacion aplicado.
- La fecha de entrada en vigor de las nuevas cantidades.
La actualizacion no tiene una periodicidad fija; depende de la evolucion del INPC. En periodos de alta inflacion, las actualizaciones son mas frecuentes. Historicamente, las actualizaciones se han realizado de manera anual o bianual.
La actualizacion de las cantidades es fundamental para mantener la equidad del impuesto. Sin actualizacion, la tarifa perderia su progresividad real, ya que vehiculos que antes estaban en rangos bajos de la tarifa pasarian a rangos superiores unicamente por efecto de la inflacion en los precios de los automoviles.
Los contribuyentes pueden consultar las cantidades vigentes en la pagina del SAT, en el Diario Oficial de la Federacion o en la Resolucion Miscelanea Fiscal del ejercicio correspondiente, donde se publican los montos actualizados aplicables.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
La actualizacion de los montos del ISAN es esencial para que el impuesto mantenga su equidad a lo largo del tiempo. Si los montos no se actualizaran, la inflacion causaria que vehiculos cada vez mas baratos en terminos reales cayeran en rangos mas altos de la tarifa. Los contribuyentes deben verificar anualmente si hubo actualizacion de montos, ya que un error en las cantidades utilizadas puede resultar en un pago incorrecto del impuesto. Las cantidades actualizadas se publican en la Resolucion Miscelanea Fiscal y el Anexo 15.
Art. 2. Tarifa del impuesto sobre automoviles nuevos
Establece la tarifa progresiva del ISAN con base en el precio de enajenacion del automovil. Contiene una tabla con rangos de precios, cuota fija y porcentaje aplicable sobre el excedente del limite inferior, lo que permite calcular el monto del impuesto segun el valor del vehiculo.
Art. 3. Base del impuesto: precio de enajenacion
Define la base gravable del ISAN como el precio de enajenacion del automovil al consumidor, incluyendo el equipo opcional, comun o de lujo, sin disminuir descuentos, bonificaciones o rebajas. Para importaciones, la base es el valor en aduana adicionado con el impuesto general de importacion.
Art. 4. Exenciones del ISAN
Establece los supuestos de exencion del impuesto, incluyendo automoviles con propulsion por baterias electricas recargables, hibridos, de hidrogeno, de energia solar, asi como los adaptados para personas con discapacidad y aquellos cuyo precio no exceda el monto actualizado que establezca el Congreso.
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