Concluida la instruccion del procedimiento, la autoridad debera emitir la resolucion correspondiente dentro de los plazos legales.
Una vez concluida la tramitacion del procedimiento, la autoridad debera emitir la resolucion correspondiente.
- Si la ley especial establece plazo: se aplica dicho plazo
- Si no existe plazo especial: 3 meses conforme al articulo 17
- El plazo se cuenta desde la conclusion de la instruccion
Si la autoridad no resuelve dentro del plazo:
- Opera la negativa ficta (articulo 15)
- El servidor publico puede ser sujeto de responsabilidad
- El particular puede promover los medios de defensa correspondientes
Interpretación práctica por el equipo de SDV
SDV Asesores: El vencimiento del plazo para resolver sin que la autoridad emita resolucion activa la negativa ficta, lo que abre la puerta a medios de defensa. Es importante llevar un registro preciso de la fecha en que concluyo la instruccion para computar correctamente el plazo y poder impugnar oportunamente la falta de resolucion.
Art. 14. Deber de resolver de la autoridad
La autoridad administrativa esta obligada a dictar resolucion expresa en todos los asuntos que se le planteen. No puede abstenerse de resolver pretextando silencio, oscuridad o insuficiencia de la ley.
Art. 15. Negativa ficta
Regula la negativa ficta: transcurrido el plazo legal para que la autoridad resuelva sin que emita resolucion, se entendera que la resolucion es negativa, pudiendo el particular interponer los recursos procedentes.
Art. 17. Plazo maximo de resolucion
Establece que las autoridades administrativas deben resolver los asuntos dentro de un plazo maximo de tres meses contados a partir de la presentacion de la solicitud, salvo que la ley establezca otro plazo.
Art. 46. Resolucion del procedimiento administrativo
La autoridad emitira resolucion fundada y motivada al concluir el procedimiento, decidiendo todas las cuestiones planteadas y las que deriven del expediente. La resolucion debe dictarse dentro de los plazos legales.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
Consulta Sin Costo