Establece las causas por las cuales el responsable puede negar total o parcialmente una solicitud de ejercicio de derechos ARCO, incluyendo cuando el solicitante no sea el titular o no acredite su representacion legal.
El responsable podra negar el acceso a los datos personales, o a realizar la rectificacion o cancelacion o conceder la oposicion, en los siguientes supuestos:
- I. Cuando el solicitante no sea el titular de los datos personales, o el representante legal no este debidamente acreditado para ello
- II. Cuando en su base de datos, no se encuentren los datos personales del solicitante
- III. Cuando se lesionen los derechos de un tercero
- IV. Cuando exista un impedimento legal, o la resolucion de una autoridad competente, que restrinja el acceso a los datos personales, o no permita la rectificacion, cancelacion u oposicion de los mismos
- V. Cuando la rectificacion, cancelacion u oposicion haya sido previamente realizada
La negativa debe estar debidamente fundada y motivada, explicando de manera clara las razones por las cuales no se atiende la solicitud. La carga de la prueba recae en el responsable.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
SDV Asesores: Las causas de negativa de solicitudes ARCO son taxativas y deben aplicarse de forma restrictiva. El INAI ha resuelto en multiples ocasiones que las negativas genericas o sin fundamentacion adecuada son improcedentes. Recomendamos a las empresas documentar detalladamente los motivos de cualquier negativa, citando la fraccion especifica de este articulo que la sustenta, y ofrecer al titular alternativas cuando sea posible, como el acceso parcial a la informacion.
Art. 28. Procedimiento de solicitud ARCO
Establece los requisitos y el procedimiento para presentar una solicitud de ejercicio de derechos ARCO ante el responsable, incluyendo los datos que debe contener la solicitud y los plazos de respuesta.
Art. 29. Respuesta a solicitudes ARCO
Regula la obligacion del responsable de responder a las solicitudes ARCO en los plazos establecidos. El responsable debe comunicar al titular su determinacion y, en caso de que sea procedente, hacer efectivo el derecho dentro de los 10 dias habiles siguientes.
Art. 43. Procedimiento de proteccion de derechos
Regula el procedimiento de proteccion de derechos ante el INAI, que inicia con la solicitud del titular cuando el responsable no atiende o atiende de forma insatisfactoria una solicitud de derechos ARCO.
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Art. 31. Responsable y departamento de datos personales
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Art. 33. Solicitud de portabilidad y formato
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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