LGTOC

Artículo 146. Aplicacion de las reglas de la letra a otros titulos

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Texto vigente — Sin reformas posteriores al 26 de marzo de 2024. Verificado en 2026.

Texto Legal

Artículo 146

- Las letras a la vista sólo se protestarán por falta de pago. Lo mismo se observará
respecto de las letras cuya presentación para la aceptación sea potestativa, si no hubieren sido
presentadas en el término fijado por el último párrafo del artículo 94.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 146 del LGTOC?

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