Acuerdo Comercio_exterior

Acuerdo de Coordinación Interinstitucional que celebran la Secretaría de Comercio y Fomento Industrial y la Secretaría del Trabajo y Previsión Social

29 de noviembre de 2000
SECRETARIA DE COMERCIO Y FOMENTO INDUSTRIAL
Sección UNICA SECCION
Código DOF: 2064186
Materia
Comercio_exterior
Sección DOF
UNICA SECCION
Importancia
Media
Fecha
2000-11-29
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Texto completo

ACUERDO de Coordinación Interinstitucional que celebran la Secretaría de Comercio y Fomento Industrial y la Secretaría del Trabajo y Previsión Social. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Comercio y Fomento Industrial. ACUERDO DE COORDINACION INTERINSTITUCIONAL QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE, LA SECRETARIA DE COMERCIO Y FOMENTO INDUSTRIAL, REPRESENTADA POR EL DR. HERMINIO BLANCO MENDOZA, EN SU CARACTER DE SECRETARIO, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA LA SECOFI , Y POR LA OTRA, LA SECRETARIA DEL TRABAJO Y PREVISION SOCIAL, REPRESENTADA POR SU TITULAR, EL LIC. MARIANO PALACIOS ALCOCER, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA LA STPS , DE CONFORMIDAD CON LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLAUSULAS SIGUIENTES: ANTECEDENTES I. El Plan Nacional de Desarrollo 1995-2000 prevé que el incremento en la productividad recibirá la mayor importancia en la estrategia para promover el crecimiento económico, toda vez que éste no depende sólo del esfuerzo de inversión y ahorro, sino también de la eficiencia con que se utilicen los medios de producción y la mano de obra. II. El Programa de Política Industrial y Comercio Exterior establece como uno de sus objetivos, elevar la capacidad del aparato productivo, realizando acciones para mejorar permanentemente los métodos de manufactura, emplear de manera eficaz los recursos que utilizan las empresas y adoptar innovaciones en materia tecnológica. III. El Programa de Empleo, Capacitación y Defensa de los Derechos Laborales 1995-2000 tiene entre sus objetivos, promover la participación de los sectores productivos y de los gobiernos federal, estatales y municipales en el planteamiento de propuestas para mejorar las posibilidades de empleo y de ingresos de los trabajadores, facilitar la modernización de la actividad productiva y el aumento de la competitividad de la economía, para así incrementar el bienestar de los trabajadores. IV. Desde 1997, la SECOFI y la STPS , y han sufragado un porcentaje del Programa de Apoyo al Diseño Artesanal (PROADA), mismo que tiene por objetivo propiciar la comercialización de las artesanías, proporcionando a sus productores capacitación y asistencia técnica en diseño, procesos productivos y comercialización, a fin de que sus productos se coloquen en los mercados nacional e internacional en mejores condiciones de competitividad. Asimismo, busca mejorar la calidad de los productos que tradicionalmente se elaboran y generar nuevos productos artesanales, con innovaciones en diseño y producción. V. El noveno párrafo del artículo 73 del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal del año 2000, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 31 de diciembre de 1999, prevé que con el objeto de fortalecer y coadyuvar a una visión integral de los programas a que hace referencia el artículo 74 del propio Decreto, las dependencias promoverán la suscripción de Acuerdos de Coordinación Interinstitucionales. VI. En el artículo 74 del Decreto antes mencionado, se enlistan los programas que deberán sujetarse a las Reglas de Operación e Indicadores de Evaluación, de entre los cuales se encuentra comprendido el Programa de Calidad Integral y Modernización (CIMO). DECLARACIONES I. DECLARA LA SECOFI QUE: I.a. Es una dependencia del Poder Ejecutivo Federal, conforme a lo dispuesto en los artículos 2o. fracción I y 26 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, con las atribuciones que le confiere el artículo 34 del mismo ordenamiento legal. I.b. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 de su Reglamento Interior, el Doctor Herminio Blanco Mendoza, Secretario del Ramo, tiene facultades para suscribir el presente Acuerdo de Coordinación. I.c. Entre sus funciones se encuentran las de fomentar, estimular y organizar la producción económica del artesanado, de las artes populares y de las industrias familiares, así como la producción artesanal. I.d. La industria nacional artesanal requiere de apoyo especial en materia de capacitación, calidad, productividad y competitividad, como una forma de mantener y ampliar las oportunidades de empleo, fortalecer el crecimiento del aparato productivo e incrementar las exportaciones. I.e. Creó y coordina desde 1997 el Programa de Apoyo al Diseño Artesanal (PROADA), que tiene por objeto propiciar la comercialización de artesanías, proporcionando a sus productores capacitación y asistencia técnica en diseño, procesos productivos y comercialización, a fin de que sus productos se coloquen en los mercados nacional e internacional en mejores condiciones de competitividad. Asimismo, buscan mejorar la calidad de los productos artesanales que tradicionalmente se elaboran y generan, con innovaciones en diseño y producción. I.f. Señala como domicilio para los efectos del presente Acuerdo de Coordinación, el ubicado en Alfonso Reyes número 30, colonia Hipódromo Condesa, México, Distrito Federal. II. DECLARA LA STPS QUE: II.a. Es una dependencia del Poder Ejecutivo Federal, conforme a lo dispuesto en los artículos 2o. fracción I y 26 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, con las atribuciones que le confiere el artículo 40 de dicho ordenamiento legal, entre las que se encuentran las de promover el incremento y el adiestramiento en y para el trabajo, prestar servicios de asesoría e impartir cursos de capacitación que, para incrementar la productividad en el trabajo, requieran los sectores productivos del país. II.b. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 6 fracción XVII de su Reglamento Interior, el Lic. Mariano Palacios Alcocer, en su carácter de Secretario del Ramo, tiene facultades para suscribir el presente Acuerdo de Coordinación. II.c. Para lograr el propósito de contribuir a la protección y fomento del empleo productivo considera, dentro de sus Programas de Trabajo, el Proyecto de Modernización de los Mercados Laborales (PMML), el cual tiene como finalidad facilitar la movilidad, elevar la empleabilidad y mejorar la productividad de la población económicamente activa, mediante una más eficiente operación de los programas activos del mercado de trabajo y la mayor capacidad del sector para el análisis, planeación y programación de la política laboral. El Proyecto incluye los siguientes subprogramas: Subprograma 1. Programa de Calidad Integral y Modernización (CIMO). Este programa se orienta a realizar, conjuntamente con las empresas y sus trabajadores, acciones en materia de capacitación y mejora continua que coadyuven a la protección de las fuentes de trabajo, así como al mejoramiento de las condiciones de los recursos humanos que laboran en micro, pequeñas y medianas empresas, buscando que las empresas y sus trabajadores sean más productivos y se inserten mejor en su mercado. Subprograma 2. Mecanismos de Ajuste de los Mercados de Trabajo. Subprograma 3. Políticas de Evaluación y Desarrollo Institucional. Subprograma 4. Modernización de los Procedimientos de las Relaciones Laborales. II.d. Señala como su domicilio para los efectos del presente Acuerdo, el ubicado en avenida Periférico Sur número 4271, colonia Fuentes del Pedregal, Delegación Tlalpan, código postal 14140, México, Distrito Federal. III. DECLARACIONES CONJUNTAS: III.a. Es de su conocimiento que este Acuerdo de Coordinación se sujetará a las Reglas de Operación e Indicadores de Evaluación del Programa CIMO y a los lineamientos aplicables al PROADA. III.b. Dan cumplimiento a lo dispuesto por el noveno párrafo del artículo 73 del Decreto del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal del año 2000, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 31 de diciembre de 1999, a fin de evitar la duplicación de esfuerzos y coordinar acciones y atribuciones de cada una de las dependencias, dentro del marco de referencia. Expuesto lo anterior, la SECOFI y la STPS adoptan las siguientes: BASES PRIMERA.- Es objeto del presente Acuerdo de Coordinación establecer las bases para la vinculación operativa entre la Dirección General de Promoción C y las Unidades Promotoras de Capacitación (UPC) del Programa de Calidad Integral y Modernización (CIMO), bajo los cuales se asegure la complementariedad de su participación en el Programa de Apoyo al Diseño Artesanal (PROADA), conforme a las Reglas de Operación e Indicadores de Evaluación y Gestión del Programa CIMO, y a los lineamientos, criterios y normatividad de cada Dependencia, en términos de lo dispuesto por el párrafo noveno del artículo 73 del Decreto del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal del año 2000. SEGUNDA.- Para el cumplimiento del objeto del presente Acuerdo de Coordinación, la SECOFI se compromete a: a. Sufragar el 50% del costo total del PROADA, en sus fases I y II, de conformidad con el contrato suscrito con el proveedor, correspondiendo invariablemente al servicio de asistencia técnica proporcionado por el proveedor. b. Apoyar con el mencionado porcentaje, a las empresas seleccionadas por la SECOFI y que cumplan con los lineamientos del PROADA. TERCERA.- Para el cumplimiento del objeto del presente Acuerdo de Coordinación, la STPS se compromete a: a. A través del Programa CIMO, sufragar hasta el 30% del costo total del Programa PROADA 2000, fases I y II, el cual se aplicará invariablemente al concepto de capacitación. b. Apoyar con el mencionado porcentaje a las empresas que la SECOFI le canalice, en el marco del PROADA, siempre y cuando sean elegibles, conforme a las Reglas de Operación e Indicadores de Evaluación del Programa de Calidad Integral y Modernización (CIMO). CUARTA.- COMPROMISOS DE LA STPS Y DE LA SECOFI : ambas dependencias se comprometen a: a. Proporcionar la información, apoyo técnico y asesoría necesaria para llevar a buen término los compromisos establecidos por las dependencias, siempre que dicha información no esté considerada como confidencial. b. Informar a sus representaciones en las entidades correspondientes, sobre los aspectos logísticos y operativos que permitan obtener el máximo beneficio del PROADA 2000, siempre en el marco de la normatividad de ambos programas. c. Cubrir directamente al proveedor de los servicios contratados por la SECOFI , la aportación comprometida en virtud del presente Acuerdo de Coordinación, previa presentación de las facturas correspondientes. QUINTA.- RESPONSABILIDAD. Las depencias acuerdan en que cada una de ellas será directamente responsable respecto de las obligaciones que se deriven por motivo de incumplimiento, error, defecto u omisión, atribuibles a cada una respecto de la relación jurídica que en particular guarden con las empresas beneficiarias. SEXTA.- UNIDADES RESPONSABLES. Las dependencias designan como responsables de la ejecución, evaluación, seguimiento y cumplimiento de los compromisos previstos en el presente Acuerdo de Coordinación, a: Por la SECOFI , al Director General de Promoción C. Por la STPS , al Director General de Capacitación y Productividad. SEPTIMA.- RELACION LABORAL. La SECOFI y la STPS acuerdan en que la relación laboral con el personal que designen cada una de ellas para la ejecución del objeto del presente Acuerdo de Coordinación, se entenderá que existe exclusivamente con la dependencia que lo emplea, por ende, cada una de ellas asumirá su responsabilidad por este concepto y, en ningún caso, serán consideradas patrones solidarios o sustitutos. OCTAVA.- ASUNTOS NO PREVISTOS. Las dependencias acuerdan que aquellos asuntos no relacionados con el objeto previsto en el presente Acuerdo de Coordinación y que surjan durante su vigencia, serán resueltos tomando en cuenta los fines que se pretenden alcanzar en el mismo, y las decisiones que se tomen se harán constar por escrito. NOVENA.- VIGENCIA. El presente Acuerdo de Coordinación y los instrumentos jurídicos que de él se deriven entrarán en vigor a partir de la fecha de su firma y estarán vigentes en tanto subsistan los Programas de Apoyo al Diseño Artesanal (PROADA) y de Calidad Integral y Modernización (CIMO), de acuerdo con la disponibilidad de recursos destinados por las dependencias. DECIMA.- TERMINACION ANTICIPADA. La STPS y la SECOFI podrán dar por terminado el presente Acuerdo, mediante aviso por escrito que cualquiera de ellas formule a la otra. La notificación de terminación de los efectos del presente instrumento deberán realizarse con noventa días de anticipación a la fecha en que surta efectos. En tal caso, ambas dependencias tomarán las medidas necesarias para evitar perjuicios, tanto a ellas como a terceros, en el entendido de que las acciones ya iniciadas durante la vigencia del presente Acuerdo de Coordinación, deberán ser concluidas. DECIMA PRIMERA.- MODIFICACIONES. El presente Acuerdo podrá ser modificado o adicionado por voluntad de la SECOFI y de la STPS y estas modificaciones o adiciones obligarán a los signatarios a partir de la fecha de firma del documento respectivo. DECIMA SEGUNDA.- La SECOFI y la STPS manifiestan que este Acuerdo es producto de su buena fe, por lo que realizarán todas las acciones posibles para su debido cumplimiento. Para el caso de presentarse alguna controversia sobre la interpretación o el cumplimiento, será resuelta de común acuerdo por las dependencias, tomando en cuenta los fines de las mismas. Leído que fue el presente Acuerdo y conociendo las dependencias el contenido y alcance legal de cada una de las bases, lo firman por triplicado en la Ciudad de México, Distrito Federal, a los veintisiete días del mes de septiembre de dos mil.- Por la SECOFI: el Secretario de Comercio y Fomento Industrial, Herminio Blanco Mendoza.- Rúbrica.- Por la STPS: el Secretario del Trabajo y Previsión Social, Mariano Palacios Alcocer.- Rúbrica. DIARIO OFICIAL Miércoles 29 de noviembre de 2000 Miércoles 29 de noviembre de 2000 DIARIO OFICIAL

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