LAd

Artículo 37. Contribuciones y cuotas compensatorias

Establece las reglas para el calculo y pago de las contribuciones que se causan con motivo de la importacion y exportacion de mercancias, incluyendo el impuesto general de importacion, IVA, DTA y cuotas compensatorias, asi como las bases para su determinacion.

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Texto Legal

Articulo 37 - Calculo de contribuciones

Quienes importen mercancias deberan pagar las contribuciones y cuotas compensatorias que correspondan, las cuales se determinaran en los terminos de esta Ley y de las demas disposiciones aplicables.

Contribuciones aplicables a la importacion

Las contribuciones que podran causarse son:

- Impuesto General de Importacion (IGI): conforme a la tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importacion y Exportacion (LIGIE).
- Impuesto al Valor Agregado (IVA): 16% sobre el valor en aduana mas el IGI y demas contribuciones.
- Impuesto Especial sobre Produccion y Servicios (IEPS): cuando la mercancia este gravada.
- Derecho de Tramite Aduanero (DTA): conforme a la Ley Federal de Derechos.
- Cuotas compensatorias: cuando se trate de mercancias sujetas a practicas desleales de comercio internacional (dumping o subvencion).

Momento de pago

Las contribuciones se pagaran antes de que se active el mecanismo de seleccion automatizado. El pago debera efectuarse de manera electronica.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

La carga fiscal total de una importacion puede ser significativa. Ademas del arancel (IGI), el IVA se calcula sobre una base acumulada (valor + IGI + DTA), lo que genera un efecto cascada. Las cuotas compensatorias pueden ser enormes: por ejemplo, las cuotas antidumping al acero chino han llegado a mas del 100% del valor de la mercancia. Es crucial clasificar correctamente la mercancia para determinar el arancel aplicable.

Herramientas Relacionadas

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 37 del LAd?

Establece las reglas para el calculo y pago de las contribuciones que se causan con motivo de la importacion y exportacion de mercancias, incluyendo el impuesto general de importacion, IVA, DTA y cuotas compensatorias, asi como las bases para su determinacion.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 37 de la Ley Aduanera?

La carga fiscal total de una importacion puede ser significativa. Ademas del arancel (IGI), el IVA se calcula sobre una base acumulada (valor + IGI + DTA), lo que genera un efecto cascada. Las cuotas compensatorias pueden ser enormes: por ejemplo, las cuotas antidumping al acero chino han llegado a mas del 100% del valor de la mercancia. Es crucial clasificar correctamente la mercancia para determinar el arancel aplicable.

¿Qué herramientas de cálculo se relacionan con el Art. 37 LAd?

Para aplicar lo dispuesto en el Artículo 37 del LAd, SDV Asesores pone a tu disposición las siguientes herramientas: Calculadora de IVA. Estas calculadoras te permiten realizar los cálculos fiscales correspondientes de forma rápida y precisa.

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