LAd

Artículo 52. Base gravable del impuesto general de importacion

Establece que la base gravable del impuesto general de importacion es el valor en aduana de las mercancias, determinado conforme a los metodos de valoracion previstos en la ley, siguiendo el Acuerdo relativo a la Aplicacion del Articulo VII del GATT de 1994.

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Texto Legal

Articulo 52 - Base gravable del IGI

La base gravable del impuesto general de importacion es el valor en aduana de las mercancias, salvo los casos en que la ley de la materia establezca otra base gravable.

Valor en aduana

El valor en aduana de las mercancias sera el valor de transaccion de las mismas, salvo lo dispuesto en el articulo 56 de esta Ley.

Metodos de valoracion aduanera

Se aplicaran en orden sucesivo y excluyente los siguientes metodos:

1. Valor de transaccion de las mercancias importadas (metodo principal).
2. Valor de transaccion de mercancias identicas.
3. Valor de transaccion de mercancias similares.
4. Valor de precio unitario de venta (metodo deductivo).
5. Valor reconstruido (metodo del costo de produccion).
6. Ultimo recurso (metodo flexible, basado en criterios razonables).

Valor de transaccion

Se entendera por valor de transaccion de las mercancias a importar, el precio efectivamente pagado o por pagar por las mismas, ajustado conforme a lo dispuesto en los articulos 53 y 54 de esta Ley.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

La valoracion aduanera es uno de los temas mas tecnicos y conflictivos del derecho aduanero. El SAT frecuentemente cuestiona el valor declarado, especialmente en operaciones entre partes relacionadas. El metodo principal siempre es el valor de transaccion (el precio realmente pagado), pero debe ajustarse sumando conceptos como fletes, seguros, regalias y asistencia tecnica. Una subvaluacion puede configurar contrabando; una sobrevaluacion puede ser un mecanismo de lavado de dinero.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 52 del LAd?

Establece que la base gravable del impuesto general de importacion es el valor en aduana de las mercancias, determinado conforme a los metodos de valoracion previstos en la ley, siguiendo el Acuerdo relativo a la Aplicacion del Articulo VII del GATT de 1994.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 52 de la Ley Aduanera?

La valoracion aduanera es uno de los temas mas tecnicos y conflictivos del derecho aduanero. El SAT frecuentemente cuestiona el valor declarado, especialmente en operaciones entre partes relacionadas. El metodo principal siempre es el valor de transaccion (el precio realmente pagado), pero debe ajustarse sumando conceptos como fletes, seguros, regalias y asistencia tecnica. Una subvaluacion puede configurar contrabando; una sobrevaluacion puede ser un mecanismo de lavado de dinero.

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