Regula la importacion temporal de maquinaria, equipo, herramientas, instrumentos y equipo de computo por parte de empresas con Programa IMMEX, los cuales pueden permanecer en el pais por la vigencia del programa sin pago de impuestos al comercio exterior.
Las maquiladoras y las empresas con programas de exportacion autorizados por la Secretaria de Economia podran importar temporalmente las mercancias que se senalan a continuacion:
- Maquinaria, aparatos, instrumentos y equipo necesarios para el proceso productivo.
- Herramientas, equipos y accesorios de produccion, moldes, matrices, hormas y patrones.
- Equipos de computo y sus accesorios.
- Equipo de laboratorio, de medicion y de prueba de sus productos.
- Equipo para el desarrollo administrativo de la empresa.
Los bienes de activo fijo podran permanecer en territorio nacional por el plazo de vigencia del programa IMMEX autorizado por la Secretaria de Economia.
La autoridad aduanera podra verificar en cualquier momento que los bienes importados temporalmente se encuentren en la empresa y se destinen a los fines autorizados.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
La importacion temporal de activo fijo bajo IMMEX es un incentivo enorme para la inversion extranjera en manufactura. Permite traer maquinaria de millones de dolares sin pagar aranceles ni IVA. Sin embargo, la empresa debe mantener un control riguroso de estos bienes: si no puede demostrar que estan en sus instalaciones, se presume que fueron enajenados ilegalmente y debe pagar las contribuciones con recargos y multas significativas.
Art. 79. Regimen de importacion temporal
Define el regimen de importacion temporal como la entrada al pais de mercancias para permanecer por tiempo limitado y con una finalidad especifica, sin el pago de impuestos al comercio exterior, siempre que retornen al extranjero en el mismo estado o despues de haberse sometido a procesos de elaboracion, transformacion o reparacion.
Art. 108. Importacion temporal de insumos para manufactura (IMMEX)
Regula la importacion temporal de materias primas, partes y componentes por empresas con Programa IMMEX para ser sometidas a procesos de elaboracion, transformacion o reparacion, estableciendo plazos de permanencia de hasta 18 meses para materias primas y por la vigencia del programa para maquinaria.
Art. 109. Cambio de regimen de importacion temporal a definitiva
Permite a las empresas con programa IMMEX cambiar el regimen de importacion temporal a definitiva de las mercancias importadas temporalmente, previo pago de las contribuciones correspondientes actualizadas desde la fecha de importacion temporal.
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Art. 85. Retorno de mercancias importadas temporalmente en el mismo estado
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